Accesibilidad universal: un derecho pendiente en España

Aunque vivimos en un país moderno y preocupado por la igualdad de derechos, lo cierto es que miles de personas con movilidad reducida siguen encontrándose día tras día con barreras arquitectónicas y falta de accesibilidad real en sus entornos. Son muchos los espacios que no adaptan sus accesos, ya sea por dificultades económicas o de espacio. Lugares con muchos años de antigüedad (que en su momento no contemplaron la accesibilidad) o con poca capacidad de inversión deciden saltarse la construcción de rampas y accesos por no considerarlos indispensables. Frente a esto se vuelven necesarias las regulaciones a partir de iniciativas y normativas que promuevan la accesibilidad como un derecho legal y una condición fundamental de inclusión.

El problema real: mucha población atrapada sin salida

Según la Encuesta de Discapacidad (EDAD 2020 del INE) que podemos encontrar en el espacio del IMSERSO , más de 4,3 millones de personas en España tienen algún tipo de discapacidad, y muchas se enfrentan a las limitaciones físicas no tanto en locales o grandes centros comerciales, sino, principalmente,  en su propio hogar o barrio (especialmente en edificios construidos antes de la normativa actual).
De hecho, en el Informe CERMI Derechos Humanos y Discapacidad 2024, la accesibilidad llega a ocupar el primer lugar entre las vulneraciones denunciadas, representando el 23 % del total de incidencias registradas.

Normativa vigente y el derecho que la ley exige

En España, la normativa de accesibilidad universal se origina para permitir que las personas con discapacidad puedan vivir en igualdad de condiciones y participar de forma plena en todos los aspectos de la vida. Es un principio vehicular que permite avanzar en otros derechos de igualdad. Estas normativas se encuentran reguladas tanto por el CDT/CTE (Código Técnico de la Edificación) como por el Real Decreto 193/2023, que establecen condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación en bienes y servicios disponibles al público. Estas normas refuerzan la obligación de eliminar barreras arquitectónicas en edificios de acceso común, no solo en entornos públicos.
A raíz de una nota del diario El País, que cuenta el caso de una vecina de Bilbao que lleva meses sin poder salir de su vivienda por falta de ascensor, ha cobrado fuerza el pedido para que se implemente una reforma legal que elimine la necesidad actual de mayoría comunitaria para aprobar obras de accesibilidad. De esta forma, se facilitarían las instalaciones como ascensores en comunidades y las personas con movilidad reducida tendrían un mejor acceso a lugares que no estén necesariamente pensados para ellos.
En otro informe, proveniente del diario As, podemos enterarnos que en el artículo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal se regulan diversas especificidades a tener en cuenta sobre la obligatoriedad en los edificios respecto a la accesibilidad. Tal es el caso a la hora de presentar una solicitud de obra, en los cuales muchas comunidades y particulares desconocen o evaden sus obligaciones, lo que perpetúa la inaccesibilidad y limita la dignidad de vida de estas personas. A partir de las regulaciones de la ley, resulta obligatorio permitir obras de accesibilidad cuando lo solicitan propietarios con discapacidad o mayores de 70 años, sin que sea necesaria la mayoría de votos en caso de que el coste no supere las doce mensualidades tras subvención.

En el momento de avanzar hacia un edificio con mayor accesibilidad, es necesario que la empresa encargada de hacerlo cuente con los protocolos acordes a las medidas de seguridad establecidas por la normativa. Como explican en Total Access, se trata de tener equipos técnicos avalados certificadamente, de esta forma se garantiza que cada instalación cumpla con todos los protocolos de accesibilidad física y control de acceso. Los sistemas deben ser diseñados específicamente para la adaptación residencial y comunitaria. Además, es recomendable contar con equipos que procedan a visitar el espacio, para hacer un reconocimiento y buscar el producto que mejor se adapte a las circunstancias, según sus características y funcionamiento.

 

Por qué este derecho está aún pendiente

En un entorno donde los derechos legales están claros, pero la ejecución es defectuosa o incompleta, 70 % de edificaciones en propiedad horizontal siguen sin ser accesibles (según CERMI), lo que implica que muchas personas mayores o con limitaciones físicas quedan aisladas en sus propios hogares. Según datos recientes, España es el país del mundo con más ascensores por habitante, pero miles de edificios antiguos todavía carecen de uno. Por estas razones, resulta necesaria la implementación de regulaciones y normativas por parte del estado, sumado al trabajo de empresas que piensen en la accesibilidad cumpliendo con estas normativas, con materiales técnicos que permitan transformar entornos, incorporando soluciones operativas sin dejar de cumplir la normativa.

La solución no es solo técnica o edilicia: también requiere un cambio cultural e institucional que priorice la accesibilidad como un derecho básico.

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